Maria Karina Guggiana, Dottoranda di ricerca Universidad de los Andes-UANDES (Santiago del Cile) SUMARIO 1. Introito.2. Acerca del requisito de la utilidad y del principio romano civiliter uti.3. Manifestación de la utilidad y del principio civiliter uti en la servidumbre coactiva en Chile.3.1 Generalidades acerca de la servidumbre minera en Chile.3.2 Expresiones del principio civiliter uti en el marco de las servidumbres mineras tratadas. Resumen: En el ejercicio de toda servidumbre, el titular del predio dominante debe limitar su actuar a la estricta utilidad de la constitución del gravamen y siempre dentro del marco respecto del cual fue constituido aquel, guardando no causar mayores molestiasRead More →